Ante la solicitud de incoación de expediente por el Club Baloncesto Islas Canarias sobre la compensación económica por derechos de formación de la jugadora Patricia Cabrera Argüello, la Secretaría General de la Federación Española de Baloncesto ha resuelto con base en los hechos y fundamentos jurídicos que no procede incoación de expediente alguno y desestima la solicitud presentada por el club canario contra el Club Baloncesto Conquero a la vista de la trayectoria de la jugadora, y en aplicación del principio de irretroactividad de la norma.
Los hechos se remontan al pasado 27 de diciembre, cuando desde el Club Baloncesto Islas Canarias nos remiten un correo electrónico en el que se nos reclama una compensación económica, cifrada en 30.400 euros, por derechos de formación de Patricia Cabrera, ante lo cual el día 30 de diciembre respondemos a dicha solicitud considerando que no procede compensación económica alguna sobre la base de la exigencia a respetar el Principio de Irretroactividad de las leyes, en especial cuando la norma no lo expresa como tal y más cuando afecta a derechos y actuaciones ya consolidadas Art. 2.3 del Código Civil y 9.3 de la Constitución.
Un mes después, la Federación Española ha dado la razón al Club Baloncesto Conquero entendiendo que la reclamación de la que somos objeto es anterior a la entrada en vigor de la reglamentación, cuyo cumplimiento se invoca, e igualmente entendemos que no cabe lugar a su reclamación base a la circular Nº4/2011-2012 de 31 de agosto de la Federación Española de Baloncesto relativa a jugadores de formación y que afecta a la reclamación de los derechos de los mismos, puesto que la misma no ha cumplido con uno de los requisitos establecidos en la normativa vigente, por el cual la jugadora debe haber estado un mínimo de dos temporadas con ese club. Para que se compute una temporada completa se exige un mínimo de permanencia de la jugadora de 6 meses, no dándose esa situación en la temporada 2009/2010 en el caso de la jugadora objeto de la reclamación -Patricia Cabrera- al darse de alta el 10 de septiembre de 2009 y dársele de baja el 13 de noviembre de ese mismo año, siendo posteriormente dada de alta por el Ciudad de Burgos el 16 de noviembre de 2009.
Por otra parte queremos referir que la salida de la jugadora del C.B. Islas Canarias se hace con el correspondiente parte de desvinculación y la carta de libertad y demás documentación firmada y confirmada por el citado club.
Por todo lo anteriormente expuesto, y sin querer entrar en valoraciones morales acerca de la reclamación que nos han transmitido y que nos reservamos en estos momentos, manifestamos nuestro rechazo al método de comunicación y notificación que ha elegido el C.B. Islas Canarias, ya que entendemos no es el idóneo ni preceptivo, haciéndonos una reclamación que mínima exigía unos cumplimientos formales de identificación y rúbrica que no han acompañado.
Comunicado CB Conquero